La OMC acepta la solicitud de India y Taipei de aplazar la resolución de la disputa sobre derechos de importación de TIC hasta abril de 2025

El OMCEl organismo de resolución de disputas de India aceptó nuevamente el lunes una solicitud de India y Taipei Chino no adoptar la sentencia contra Nueva Delhi derechos de importación sobre cierta información y productos tecnológicos hasta abril del próximo año, ya que ambas partes están comprometidas en resolver el asunto mutuamente, dijo un funcionario. La cuestión surgió durante una reunión del órgano de solución de diferencias (OSD) en Ginebra.

“El OSD aceptó las últimas solicitudes de Taipei Chino y la India”, dijo el funcionario con sede en Ginebra.

En la reunión del 28 de octubre, la India y el Taipei Chino solicitaron una vez más tiempo adicional al OSD para considerar la adopción de las resoluciones del grupo especial en el caso iniciado por el Taipei Chino respecto de los aranceles de la India sobre ciertos productos de alta tecnología.

Las dos partes habían solicitado que el OSD retrasara aún más la consideración de los informes del panel hasta el 28 de octubre de 2024, para ayudar a facilitar la resolución de las disputas.

“Las partes pidieron que el OSD retrasara aún más la consideración del informe del panel hasta el 25 de abril de 2025, para ayudar a facilitar la resolución de la disputa”, añadió el funcionario.


El organismo de disputas había aceptado anteriormente cinco solicitudes anteriores de este tipo de India y Taipei Chino para retrasar la consideración de los informes. Según las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el OSD deberá adoptar la decisión del panel para su implementación dentro de los 60 días siguientes a la publicación de la orden. Sin embargo, los países pueden solicitar mutuamente al organismo que retrase la adopción del fallo. En su informe, un panel de disputas de la OMC del 17 de abril de 2023 dijo que los derechos de importación impuestos por la India sobre ciertos productos de información y tecnología violan las normas comerciales globales.

El fallo se produjo tras un caso presentado por la UE, Japón y Taiwán contra estos derechos en la OMC.

En mayo de 2019, el Taipei Chino presentó un caso contra la India ante la OMC por los derechos de importación impuestos a determinados productos electrónicos, incluidos teléfonos para redes celulares; máquinas para recepción, conversión y transmisión o regeneración de voz, imágenes u otros datos; y partes de aparatos telefónicos.

India ha declarado que estos productos TIC son parte del acuerdo sobre Productos de Tecnología de la Información (ITA-2) de la OMC, y Nueva Delhi no es parte de este pacto. India forma parte del ITA-1, firmado en 1997, que no tenía ninguna obligación de eliminar los derechos de aduana sobre estos productos.

Además de formular normas para las exportaciones e importaciones globales, el organismo multilateral de 166 miembros con sede en Ginebra adjudica disputas comerciales entre los países miembros.

Según las normas de la OMC, un país miembro puede presentar un caso ante la organización si considera que una medida comercial concreta va en contra de las normas.

La consulta bilateral es el primer paso para resolver una disputa. Si ambas partes no pueden resolver el asunto mediante consultas, cualquiera de ellas puede abordar el establecimiento de un panel de solución de diferencias.

La decisión o el informe del panel pueden impugnarse en la plataforma de apelación de la OMC.

Curiosamente, el órgano de apelación no está funcionando debido a diferencias entre los países miembros a la hora de nombrar a sus miembros. Ya hay varios litigios pendientes con este organismo. Estados Unidos ha estado bloqueando el nombramiento de los miembros.

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