SC da alivio al departamento de TI, pero es una mala noticia para 90.000 evaluados

En una gran victoria para el departamento de Impuesto sobre la Renta, la Corte Suprema dictaminó el jueves que la Ley del Impuesto sobre la Renta debe leerse junto con las disposiciones sustituidas que entraron en vigor a partir del 1 de abril de 2021. Esto afectará a 90.000 tasadores que han recibido avisos de reevaluación. .

El tribunal de tres jueces, integrado por el presidente del Tribunal Supremo DY Chandrachud y los jueces JB Pardiwala y Manoj Mishra, abordó si la Ley de Impuestos y Otras Leyes (Relajación y Enmienda de Ciertas Disposiciones) de 2020 (TOLA), que se había emitido como ordenanza durante el Bloqueo por Covid-19 para brindar alivio a los contribuyentes: se aplica a los avisos de reevaluación emitidos después del 1 de abril de 2021. Otra cuestión ante el tribunal fue la validez de los avisos de reevaluación emitidos bajo la Sección 148 del nuevo régimen entre julio y septiembre de 2022.

El Tribunal concluyó que TOLA seguirá aplicándose a la Ley del Impuesto sobre la Renta después del 1 de abril de 2021.

“TOLA seguirá aplicándose a la Ley del Impuesto sobre la Renta después del 1 de abril de 2021 si cualquier acción o procedimiento especificado en virtud de las disposiciones sustituidas de la Ley del Impuesto sobre la Renta finaliza entre el 20 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2021”, dijo el Tribunal mientras disponía de un montón de peticiones.

Nuevo marco

Según el nuevo marco de reevaluación, que entró en vigor el 1 de abril de 2021, el departamento de impuestos puede retroceder hasta 11 años para casos de evasión fiscal de más de 50 rupias lakh y cuatro años para montos inferiores a ese umbral. Anteriormente, el departamento tenía un período retrospectivo de seis años para los ingresos no revelados que superaban el 1 lakh de rupias, siempre que hubiera pruebas de ocultamiento. La superposición de las leyes antiguas y nuevas se produjo debido a la extensión de las disposiciones antiguas en medio de las perturbaciones causadas por el Covid-19, que crearon confusión durante el período de transición.

Los contribuyentes impugnaron los avisos emitidos según la antigua ley en varios tribunales superiores, argumentando que la ley de prescripción había entrado en vigencia y que el departamento ya no tenía la autoridad para emitir avisos de reapertura después del 1 de abril de 2021. Enfatizaron que la antigua ley fue extendida. mediante una circular, mientras que la nueva ley surgió de la acción legislativa, dándole mayor validez. Además, la nueva ley exige que el departamento emita un aviso preliminar a los contribuyentes antes de entregar el aviso de reevaluación final, un procedimiento que algunos argumentaron fue violado por los avisos de reevaluación emitidos bajo la antigua ley.

el veredicto

Después de revisar todos los argumentos, el tribunal dijo que las instrucciones en el caso Ashish Agarwal se extenderán a las 90.000 notificaciones de reevaluación emitidas bajo el antiguo régimen entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio de 2021. También dijo que los funcionarios evaluadores debían emitir el aviso de reevaluación bajo el artículo 148 del nuevo régimen dentro de los plazos especificados por la Ley del Impuesto sobre la Renta, leído con TOLA. Cualquier notificación emitida más allá de este punto prescribirá y podrá ser anulada.

“El fallo también confirma que los principios de la sentencia Ashish Agarwal se extenderán a todos los casos de reevaluación pendientes. La decisión anula sentencias anteriores del Tribunal Superior que habían anulado estos avisos, ofreciendo alivio a las autoridades fiscales. Esta sentencia define el alcance de los poderes ejecutivos para modificar los plazos legales durante circunstancias extraordinarias como la pandemia”, dijo Rakesh Nangia, presidente de Nangia Andersen India.

Amit Maheshwari, socio fiscal de AKM Global, añadió: “Los contribuyentes deben actuar rápidamente para cumplir con el requisito de las notificaciones emitidas en sus casos y completar los procedimientos”.



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