Choque regulatorio: CA Institute pide a la NFRA que suspenda la revisión de la SA 600

El Instituto CA pidió el viernes a la Autoridad Nacional de Información Financiera (NFRA) que “pause” el proceso de revisión de una norma de auditoría clave (SA600 – Uso del trabajo de otro auditor) que rige la realización de auditorías grupales en el país.

Esta pausa en el proceso de revisión (que lleva a cabo la NFRA) es necesaria para permitir una revisión y discusión exhaustiva con todas las partes interesadas relevantes para garantizar que cualquier cambio sea en el mejor interés de la profesión y el público, dijo el Instituto de Contadores Públicos de la India (ICAI) en una declaración aquí.

El ICAI también ha expresado su “sorpresa” por la decisión de la NFRA de emitir un documento de consulta sobre la revisión de la SA600 el mismo día (17 de septiembre) en que el Consejo Central del CA Institute se reunió para iniciar la revisión de la SA600.

'Hay espacio para una revisión más profunda'

El ICAI también señaló que el Consejo Central, en su reunión del 17 de septiembre de 2024, expresó que si bien la SA 600 actual ha sido eficaz y ha resistido la prueba del tiempo, hay espacio para una mayor revisión y fortalecimiento para servir mejor al interés público.

El Consejo ha encargado esta revisión a la Junta de Normas de Auditoría y Aseguramiento (AASB) y ha iniciado el proceso de revisión de la norma para su exposición, como ha sido la práctica en ICAI, según el comunicado.

“Desafortunadamente, mientras este tema aún se estaba discutiendo en la reunión del Consejo del 17 de septiembre, la NFRA publicó un borrador de exposición de SA 600 para revisión invitando a los comentarios del público el mismo día, lo que fue una sorpresa para el Instituto”, señala el comunicado del ICAI.

Debido proceso

Según la práctica establecida, para la revisión de cualquier norma, el Consejo del Instituto crea un Grupo que, después de examinar exhaustivamente todos los asuntos involucrados, publica un Borrador de exposición de la norma para comentarios públicos.

Después de considerar los comentarios públicos y realizar los cambios necesarios, la AASB presenta su informe al Consejo. Tras las debidas deliberaciones, el Consejo envía sus recomendaciones sobre las normas a la NFRA. “Este proceso no se pudo cumplir en el caso actual, ya que la NFRA ya había emitido el borrador de exposición para comentarios públicos incluso cuando el Consejo estaba discutiendo este asunto para su revisión”, afirma la declaración del ICAI.

El punto de discordia entre el ICAI y la NFRA es la alineación de la SA 600 con la ISA 600 (Norma Internacional de Auditoría). Mientras que la NFRA está a favor de una convergencia total, el ICAI considera que la situación de la India requiere excepciones en los requisitos de la norma de auditoría en lo que respecta a las auditorías de grupo de las empresas. El ICAI se opone a permitir que el auditor del grupo acceda o examine los papeles de trabajo de los auditores de los componentes. Sin embargo, esta práctica está permitida en la norma internacional.

Competencias del auditor de componentes

La norma internacional ISA 600 exige que el auditor del grupo evalúe la competencia profesional de los auditores de los componentes de las empresas del mismo grupo. En jurisdicciones extranjeras, los auditores tienen diferentes cualificaciones y la auditoría no es obligatoria para todas las empresas según la ley. Por ello, tienen el concepto de auditor de grupo y de componente, según el ICAI.

En la India, todas las empresas deben ser auditadas obligatoriamente por contables colegiados de acuerdo con la Ley de Sociedades de 2013. Dado que todos los contables colegiados son miembros del ICAI, esto garantiza un estándar uniforme de calificación y competencia profesional. “Dada esta uniformidad, el ICAI cree que no es posible ni deseable que el auditor del grupo evalúe o ejerza control sobre las decisiones de un auditor de un componente que esté igualmente calificado”, afirma el comunicado del ICAI.

Según la SA-600 vigente, el auditor del grupo ya tiene la facultad de especificar en qué medida se basó en los informes del auditor del componente y puede solicitar más aclaraciones o justificaciones al auditor del componente, si es necesario, añadió.

Relevancia para el contexto indio

La norma internacional ISA 600 define al auditor de componentes como un auditor que realiza un trabajo de auditoría relacionado con un componente para los fines de la auditoría del grupo. Un auditor de componentes es parte del equipo de trabajo para la auditoría del grupo. Esta definición no es relevante para el contexto indio. La arquitectura regulatoria y el entorno profesional únicos en la India requieren una consideración cuidadosa de las necesidades y circunstancias nacionales antes de trasplantar las normas extranjeras. Además, existen aprensiones en las mentes de las firmas de CA pequeñas y medianas a las que generalmente se les confía el trabajo de auditoría de las compañías subsidiarias de que el auditor del Grupo, con el pretexto de supervisar la calidad de su trabajo y asegurar una calidad uniforme, pueda persuadir a las gerencias para reemplazar las pequeñas firmas de auditoría de las compañías subsidiarias por las de sus propias firmas, lo que lleva a la concentración del trabajo de auditoría en manos de unas pocas firmas. “Esto dificultaría la supervivencia de las pequeñas firmas. En la India, hay un gran número de firmas de CA pequeñas en comparación con las jurisdicciones extranjeras”, señaló la declaración del ICAI.

Estados financieros consolidados

El marco legal vigente en la India exige la preparación de estados financieros consolidados para las empresas holding y subsidiarias. La responsabilidad de estos estados financieros consolidados no recae en el personal directivo clave y los directorios de la empresa holding, sino en los directorios y el personal directivo clave de las respectivas empresas subsidiarias. Si ese fuera el caso, sería injusto atribuir la responsabilidad únicamente al auditor del grupo, ignorando a la gerencia de la empresa holding. Según la SA-700 (revisada) vigente, los respectivos directorios de las empresas incluidas en el grupo son responsables de mantener registros contables adecuados según la ley. “La revisión propuesta en la SA 600 no aborda adecuadamente las cuestiones que surgen de los auditores del grupo y de los componentes y su relación y responsabilidades entre ellos”, afirma el comunicado del ICAI.



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