Tras órdenes judiciales, la CFPB amplía los plazos de la regla de préstamos

El Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) ha ampliado las fechas de cumplimiento de sus regla de préstamos para pequeñas empresas conforme a órdenes judiciales.

Un tribunal federal de Texas suspendió la norma el año pasado, a la espera de una decisión de la Corte Suprema dictada en mayo, y requirió que la CFPB extendiera los plazos de cumplimiento de la norma para compensar el período en que estuvo suspendida, dijo la agencia en un martes ( 25 de junio) presione soltar.

El regla final provisional emitida por la CFPB extiende las fechas de cumplimiento en 290 días, igual al tiempo transcurrido entre la emisión de la suspensión por parte del tribunal de Texas el año pasado y la decisión de la Corte Suprema el mes pasado, según el comunicado.

La CFPB emitió la regla de préstamos para pequeñas empresas el 30 de marzo de 2023, ampliando los datos que los prestamistas deberán recopilar para decidir quién obtiene préstamos comerciales. Los prestamistas recopilarán y divulgarán detalles demográficos, geográficos y de otro tipo sobre los prestatarios.

La decisión de la Corte Suprema que puso fin a la suspensión de la norma fue la del 16 de mayo en la que el tribunal dictaminó que la decisión del CFPB mecanismo de financiación es constitucional. Esa decisión revocó un fallo de un tribunal inferior que amenazaba la propia existencia de la agencia.

Según la norma final provisional emitida por la CFPB el martes, las fechas en las que los prestamistas deben comenzar a recopilar datos varían según el volumen de préstamos a pequeñas empresas. Los prestamistas con el mayor volumen deben comenzar a recopilar datos antes del 18 de julio de 2025; aquellos con un volumen moderado deben hacerlo antes del 16 de enero de 2026; y aquellos con el menor volumen deben hacerlo antes del 18 de octubre de 2026, según el comunicado.

La fecha límite para que estos prestamistas informen datos sobre préstamos a pequeñas empresas a la CFPB sigue siendo el 1 de junio siguiente al año calendario para el cual se recopilan. Eso significa que los prestamistas de alto volumen deben presentar datos primero antes del 1 de junio de 2026, mientras que los prestamistas de volumen moderado y bajo deben hacerlo primero antes del 1 de junio de 2027, según el comunicado.

“La CFPB también actualizó su período de gracia para reflejar las fechas revisadas”, dijo la agencia en el comunicado. “La CFPB no tiene la intención de imponer sanciones por informar errores durante los primeros 12 meses de cobro, y tiene la intención de realizar exámenes sólo para ayudar a los prestamistas a diagnosticar las deficiencias en el cumplimiento, siempre que los prestamistas realicen esfuerzos de cumplimiento de buena fe”.

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